8.9.15

INVASIÓN DE TERRENO RURAL 2.500 mts



SE OMITEN DATOS DE IDENTIDAD POR RAZONES DE PRIVACIDAD Y ESTRATEGIA LEGAL. 

CONSULTA EXPRESS 

      Desde hace 18 años tengo parcela en Carayaca, sector Tucusito km 20, El Junquito, de 2.500 metros cuadrados . El día 15 de Febrero  de este año me dirigí  a mi parcela y me conseguí que el portón de acceso, a la vía de unos terrenos privados de cuatro propietarios, entre los cuales esta el mio, fue totalmente sacada, y desaparecida, era un gran portón con anuncio que decía (No pase propiedad Privada) esta puerta o portón de tubos gruesos y malla metálica, tenia una gran cadena con un gran candado, me dirigí a mi parcela , y en un banqueo que yo había mandado hacer para hacerme mi vivienda, me conseguí con un hombre, una mujer y niños y la construcción de un rancho de cartóntambién me percate que el hombre hacia trabajo de pintura y mecánica de un vehículo,contaminando también el ambiente, siendo este una zona agrícola , les reclame del abuso del despojo que me estaban haciendo y me salieron con muchos argumentos y hasta me dijeron que los apoyaba un consejo comunal.
     Esta gente están asentada en dos parcelas, una de mi propiedad, y el taller al aire libre en otra parcela propiedad de otro señor. Están ubicados en todo el frete de mi parcela y no puedo acceder a la misma, ademas se tornan personas agresivas y  no me reconocen como propietaria. Si reconozco que estuve un lapso de tiempo como dos años sin ir, debido a cuestiones de salud y económicas.
Los denuncie con la Guardia Nacional, la cual  fueron a  tomar sus datos y los citaron a la mujer por lo de la invasión , y al hombre por lo  del taller,  también se les mostró copia de los documentos de mi propiedad, los cuales refutaron.En vista de su actitud , los denuncie ante el Ministerio Publico Fiscalia  en febrero 2015, los cuales me dijeron que iban a solicitar al registro copia certificada de los papeles de mi propiedad, luego en mayo les lleve material de apoyo, como fotografías, de la invasión, del sector, de como estaba antes y ahora y de las actividades de latoneria pintura y mecánica que se viene dedicando el señor invasor, que alega que con eso es que sostiene a sus hijos.

  Soy una persona que ha tenido problemas de salud y económicos y el transporte para ese sitio siempre fue difícil, cuando fui la ultima vez me di cuenta que había puesto una linea de taxis , ya la zona empieza a mejorar en cuanto al transporte, y estaba muy contenta por esto, hasta ese dia que vi lo que me hizo esta gente, esta parcela es mi ilusion, siempre he querido hacerme mi casita y sembrar, y ahora tengo este problema.

 Fui el día 03 de septiembre a la Fiscalia  a buscar respuesta del proceso de este caso y todavía no han sacado ni el certificado, y alegan que no se ha podido avanzar no se porque motivo. Estoy preocupada  porque pasa el tiempo y no veo avance, tengo una hija con los tres niños y necesito que puedan construir su casa y sembrar,  es lo único que tengo para ellos mi familia.Necesito que esa gente se valla y recuperar mi terreno, ayúdeme por favor.


Gracias por su Colaboración a traves de Consultas express de nuestro Blog.
Sra. Elena , nuestra nación propenda y defiende como sistema democrático el respeto a la propiedad Privada, tal como lo señala nuestra Constitución nacional en su artículo 115 que señala:

Artículo 115. Se garantiza el derecho de propiedad. Toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. La propiedad estará sometida a las contribuciones, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general. Sólo por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes.

De tal forma debe permanecer exigiendo se respete el derecho  que posee sobre ese terreno , independientemente de las necesidades y alegatos que tengan las personas que se lo ocupan indebidamente.

Tal como lo relata usted, pareciera existir el delito de invasión establecido en el artículo 471-A del Código Penal, que reza :

Artículo 471-A. Quien con el propósito de obtener para sí o para un tercero provecho ilícito, invada terreno, inmueble o bienhechuría, ajenas, incurrirá en prisión de cinco años a diez años y multa de cincuenta unidades tributarias (50 U.T.) a doscientas unidades tributarias (200 U.T.). El solo hecho de invadir, sin que se obtenga provecho, acarreará la pena anterior rebajada a criterio del juez hasta en una sexta parte.

El hecho de que usted no lo ocupe, ni lo hubiere visitado durante dos años , no le da derecho a otra persona a invadirselo.

La guardia nacional, en materia ambiental, no creo que la ayude mucho en cuanto a la desocupacion, ya que solo lo podrían multar o iniciar procedimiento penal ambiental, pero no le desocuparían del inmueble.

En todo caso , solo enfrentaría el proceso penal el encargado del taller , pero el resto de las personas que ocupan su inmueble permanecerían allí.

Desde Enero hasta septiembre han transcurrido 8 meses, suficiente tiempo para que la Fiscalia 2 , suponiendo que ya la policía encargada por la fiscalía declaro a las personas que ocupan el inmueble y realizo inspección al mismo, por lo cual debería formular acusación contra toda las personas que ocupan el inmueble por el delito de invasión, (en caso de haber menores de edad, solicitar intervención de la fiscalia de protección,  y ésta requerir medida de protección ) 

Para este momento , la omisión por parte de la Fiscalía del ministerio Público, viola el Derecho Civil Constitucional, a la debida protección que tenemos los ciudadanos por parte del estado , señalado en el artículo 55 de nuestra Constitución que dice:


Artículo 55. Toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado, a través de los órganos de seguridad ciudadana regulados por ley, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes.

Por ende acude ante la Defensoría del Pueblo del Estado Vargas, a denunciar a la Fiscalia 2da de Vargas, por la violacion de tu derecho constitucional a obtener una debida y expedita justicia artículo 26 de la Cosntitución Nacional y al artículo 55 , antes señalado. Un funcionario de la Defensoria abrirá un expediente y acudirá a visitar al fiscal para exigirle una decisión lo antes posible y así presentar a las personas ante tribunales de control y asi poder enjuiciarlas, con ello deberías lograr recuperar tu inmueble.

También existe la posilidad de interponer una querella ante tribunal de control penal para acelerar las decisiones penales que acabo de mencionarte, para ello necesitaras un abogado privado.

En caso de no lograr el debido enjuiciamiento penal de las personas, también tienes  la accón civil de reivindicación de propiedad, la cual se interpone ante Tribunal de 1era Instancia Civil, con abogado privado.

Saludos, y estamos a la orden,

Daniel Bruno
Abogado Especialista en Derechos Humanos 


2 comentarios:

  1. Buenos días Dr. Mi padre falleció hace 20 años aprox. Pero el dejo un terreno en Miranda de 700 mts cuadrados mis hermanos y yo nos descuidamos con eso pero tenemos todos los documentos con linderos y al parecer allí hay una construcción de un club o complejo habitacional como se debe hacer para recuperarlo o en que podría orientarnos

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  2. Anónimo12:13 p.m.

    Buendía amigo desde Venezuela tengo 5 años viviendo en un terreno abandonado que tiene más de 40 años como ago para que sea mi propiedad era una antigua bomba de gasolina y dise que la alcaldía nos quiere sacar esto era un basurero y fumaban y robaban no sotros lo recuperamos y nos metimos a vivir desde acarigua estado portuguesa

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