SE OMITEN DATOS DE IDENTIDAD POR RAZONES DE PRIVACIDAD Y ESTRATEGIA LEGAL.
CONSULTA EXPRESS
Buenos dias Dr. Daniel
Reciba un cordial saludo.
Mi caso es el siguiente:
Vivo hace 26 años alquilado con mi familia en una casa Quinta en Sucre.
Durante todo ese tiempo el propietario de la vivienda me hizo la promesa de prioridad en la venta, incluso en 2 oportunidades intente mudarme por que el alquiler lo ponia un poco alto y el lo arreglaba para que nos quedaramos, asi transcurrio este tiempo con una exelente relacion tanto comercial como personal, ya que la vivienda estaba al lado de la casa del Sr.
En el año 2009, el sr. me da un contrato para que lo firme en el cual, al final del mismo dice" y por propia voluntad renuncio a todo derecho sobre esta vivienda, pudiendo asi el propietario ofrecerla a un tercero sin que tenga que tener ningun tipo de reclamo sobre ella", no lo habia leido y lo iba a firmar el me aconsejo que lo lea que no lo firme en ese momento y que le haga los cambios que crea conveniente que el lo firmaria.
En el 2011 en el mes de Enero , viene un dia y nos dice que en 5 meses nesecitaba la casa, que disculpe pero que sus hijos tenian un proyecto de viviendas y que no me preocupe que seriamos tomados en cuenta al termino de estas.
Le pedi mas tiempo pero me dice que son sus hijos, fui a pedir un amparo a la Sindicatura, y tambien la abogada de el señor, no nos quiso recibir mas el alquiler, en la sindicatura nos dijeron que lo hagamos por tribunales, asi lo hicimos ,en el proceso fue aprobado la ley de Regularizacion de Arrendamientos en la Sindicatura nos dicen que nos habian dado 2 años y 6 meses pero, que eso fue anulado por que ya ellos no tenian competencia para esas decisiones, que vallamos a la Superintendencia de inquilinato.
En ese momento fallece el dueño de la casa, y esperamos unos meses a ver si alguien venia a hablar con nosotros,
fui a la abogada de ellos y no nos atendio, busque quien era la secretaria del señor y les deje el mensaje con ellos, ya que tenian 3 años que se habian mudado de al lado de la casa; Al cabo de 2 años viene la Viuda y nos dice que nos desconoce, que con quien teniamos el trato murio y que ella no reconocera ningun compromiso que hubieramos tenido con el Sr.
le dijimos que estabamos al dia con los pagos y que deseabamos conversar para hacer un trato formal de compra si era posible o el tiempo que nos corresponde para desocupar, ella dijo que mandaria a su abogado.
transcurrio 1 año mas , viene la sra. dice que la vivienda quedo al nombre de su hijo menorqueria que desocupara ya por que no tenia donde vivir y se iba a mudar (Aclaro la casa de al lado esta abandonada hace 6 años y es un terreno municipal, dos casa mas en esta misma cuadra estan una condenada, le pusieron un paredon la otra totalmente abandonada,a la espalda de la cuadra tienen un tremendo terreno, el hijo en cuestion tiene un apartamento en la ciudad y una Mansion con piscina salones en su casa en su finca que es donde legalmente vive, ella habita en una Urbanizacion cercana pero no conosco el lugar) Le dije que hicieramos todo de acurdo a la Ley, a lo que contesto esta es mi casa y haca se hace mi ley, si la proxima vez que venga vendre con tribunales a desocuparlos.
No le prestamos atencion por que no pense que alguien se prestaria a eso por que seria un procedimiento ilegal.
Hace un mes se presento con una supuesta Jues, Secretaria, Fiscal, y dos funsionarios de la policia Municipal y 2 abogados.
Le dicen a mi esposa que van a realizar una inspeccion que envia el tribunal, no le enseñaron ninguna autorizacion, le parecio extraño y fue a avisarme.
cuando voy saliendo con un documento de proteccion que me dieron en el Savil, ya estaban dentro del el area del porche, le dije que quien les permitio entrar y la señora dijo que ella, le muestro el documento a la supuesta juez y les da la orde de que se retiren todos inmediatamente, la Vda. no hizo caso se devolvio y abrio la puerta de la vivienda y empeso a sacar fotos, mi esposa le dijo que por favor se retirara, y le cerro la tapa del telefono para que no tome mas fotos ella le tomo por la mano se la torcio, los abogados no entraron a la parte de la habitacion de afuera le decian que salga.
eso fue a las 5.30 de la tarde, al dia siguiente estubimos en fiscalia denunciandola, me enviaron al medico forense, y iban a reportar el caso a la superintendencia donde esta nuestro caso, no sabemos que mas hacer.
Para los efectos no tenemos seguridad quien es el el dueño de esta vivienda, no nos han mostrado, ningun documento, el que es supuestamente el propietario en todo este tiempo no nos han visitado, ningun tipo de comunicacion, estamos pagando en el Banco al nombre del fallecido, ella tiene conocimiento, yo le envie los datos con quien era secretaria del señor, y si los recibio por dentro de todo lo que hablo dijo que ellas sabia que estabamos pagando pero eso no le interesaba.
Nuestra intencion es comprar, la vivienda consta de 2 parcelas , 1 de - 1,180, mts, la otra de 1570 mts 2
La casa tiene casi 50 años de construccion,su vida util termino por que no ha tenido ningun arreglo estructural, solo mantenimiento. espero su consejo a los pasos que deba seguir.
Gracias
Alfredo Centeno
Estimado Sr. Centeno y Sra.
Gracias por su aporte através de las Consultas Express de mi
Blog.
Tal como lo conversamos ampliamente por teléfono, le agregó la siguiente información.
Ciertamente, aunque su vivienda la hubieren vendido el
arrendador (o sus herederos) con ustedes adentro, la
relación de arrendamiento permanece , sobre todo por que ustedes están
consignando el pago en el banco a traves de la oficina de Superintendencia
de Alquileres.
Ellos debieron ofrecerlo en venta el inmueble de conformidad
la ley :
Artículo 132. A
los
fines
del
ejercicio
del
derecho
preferente
individual
de
oferta, el propietario deberá informar
al arrendatario o arrendataria que ocupe el inmueble, mediante documento auténtico, su voluntad de venderle el inmueble
expresándole su derecho de preferencia.
Dicha comunicación deberá
indicar:
1.
Precio no mayor al determinado como el valor del inmueble que se fijó en el
cálculo del justo valor,
establecido
en
la
presente
Ley
para
la
fecha
de
la
oferta, debiendo anexar copia
de
la
resolución
respectiva
emitida
por
la
Superintendencia Nacional de Arrendamiento
de Vivienda.
2. Condiciones de venta.
3. Modalidades de negociación.
4. Dirección donde será
recibida válidamente la respuesta.
5. Documento de propiedad del
inmueble.
6.
Documento
de
condominio
o
propiedad
colectiva
familiar
o
multifamiliar, donde se demuestre el estado del
inmueble a vender.
7. Certificación de Gravamen.
Esta notificación deberá ser entregada personal e inexcusablemente al arrendatario o arrendataria
que
ocupa
el
inmueble,
de
lo
contrario
no
surtirá
efecto legal alguno.
` …
El
propietario
que
por
la
necesidad
del
arrendatario
o
arrendataria
haga
caso
omiso a lo dispuesto en el
presente
artículo,
será
sancionado
de
acuerdo
a
la
presente Ley.
Adicionalmente, en cuanto a la
“supuesta inspección ocular Judicial que les realizaron “, deben acudir a
tribunales del Municipio y revisar en los libros allí por el nombre de la
señora debería aparecer esta supuesta inspección.
Al respecto les
recomiendo den inicio a procedimiento sancionatorio por no haber ofrecido en
venta el inmueble a ustedes.
Este es el link del procedimiento a seguir. : http://www.mvh.gob.ve/Sunavi/index.php?option=com_content&view=article&id=493&Itemid=743
Y les adjunto el formato a llenar y consignar siguiendo los
pasos mencionados allí.
Saludos Cordiales
Daniel Bruno